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Los nuevos requisitos antifraude que llegan a la hostelería

Descubre las novedades en la lucha contra el fraude en la hostelería


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Artículo escrito por: Rentabilibar.

13-02-2024

El año ha empezado fuerte. 2024 promete ser un año de transición hacia uno de los grandes cambios fiscales, por lo tanto, empresariales y, por lo tanto, vitales, para la hostelería de España.

En las semanas finales de 2023, el Gobierno aprobó el “Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación”. He puesto todo el título para que consideremos la importancia de este momento en el futuro de nuestro sector.

Después de décadas de irregularidades en nuestro sector, el Gobierno decide atajar el software de doble uso y, por consiguiente, el fraude fiscal y el “dinero negro”.

¿Qué es un software de “doble uso”?

En marzo de 2022, en este artículo, desde Rentabilibar, os quisimos poner al día sobre las prioridades de la Agencia Tributaria de cara a estos años. Lo anunciado en ese artículo ha llegado y a finales de año se aprobó el Real Decreto mencionado anteriormente para combatir el software de doble uso.

Para que estemos todos en la misma pagina y explicándolo claramente, un software de doble uso es aquel que lleva un registro de ventas paralelo al real con el objetivo de eliminar las ventas realizadas en efectivo de los registros contables. De esta manera, el establecimiento comercial (esto no afecta solamente a la hostelería) declara ventas inferiores a la Agencia Tributaria y se ahorra el 10% de IVA de esas ventas y la tributación derivada del beneficio no declarado, que en el caso del Impuesto de Sociedades es del 25% de ese beneficio.

En resumidas cuentas, sucede cuando el software instalado en un restaurante tiene un “parche” interno que permite al hostelero modificar a la baja las ventas reales con el objetivo de pagar menos impuestos.


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¿En qué consiste la nueva normativa antifraude?

Como novedad, este reglamento apunta directamente a las empresas desarrolladoras de software para restaurantes y no, en primera instancia, al hostelero.

El objetivo del reglamento es, en sus principales novedades:

  1. Reforzar la obligación de emitir factura de todas las operaciones que realizan empresarios y profesionales.

  2. Conseguir que todas las operaciones que se realicen se graben en el sistema informático de manera segura, no manipulable, accesible y con una estructura y formato estándares para facilitar la legibilidad de los registros, el análisis automatizado y la simultánea remisión a la Administración tributaria.

  3. Incentivar al consumidor final para que solicite los comprobantes de sus operaciones y pueda remitir voluntariamente a la Administración tributaria la información básica de esas facturas para verificar su registro y la exactitud de los datos reflejados en las mismas.

  4. Garantizar la integridad, la autenticidad y la trazabilidad de los datos registrados, dificultando la falsificación de los registros de facturación mediante el uso de elementos de seguridad y control en los registros informáticos y en las facturas. Entre dichos elementos se pueden citar el encadenamiento de datos de facturas, las huellas digitales del contenido de las mismas, el empleo de códigos QR que facilitan la captura y digitalización de la información impresa, la estandarización de formatos de los datos o el uso de firma digital para asegurar el no repudio de los registros.

 

¿A quién se dirige esta nueva normativa antifraude?

Como os hemos referido, en una primera instancia, la normativa apunta a las empresas de software, posteriormente, vendrá el control sobre los establecimientos comerciales.

De hecho, se establecen dos calendarios.

  • Para los desarrolladores de software: tienen nueve meses desde la aprobación del reglamento para adaptar su software a la norma.

  • Para los hosteleros, la obligación de tener un software homologado y adaptado a la nueva norma tiene una fecha límite: el 1 de julio de 2025.

Podemos comprobar que el objetivo de la norma no es intentar pillar a cada negocio falseando su facturación sino ir al origen de todo, al desarrollador del software. Ha pensado la Agencia Tributaria, probablemente con acierto, que si se multa al fabricante del software si no pasa la norma, se evitará que éste suministre un software susceptible de ser manipulado (es decir, un software de doble uso) al hostelero.

Así las cosas, quedan 16 meses para que se produzca una gran revolución en el sector de la hostelería. Una revolución que ya está avanzando debido a que, por un lado, la posibilidad de defraudar a Hacienda es cada vez menor puesto que cada vez se paga menos en efectivo y, por otro lado, sistemas como Ticket Bai ya están implantado en el País Vasco, este sistema es el principio del control total por parte de la Agencia Tributaria en la parte de ventas.

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Por lo tanto, os invitamos a que contactéis con vuestro proveedor de software para aseguraros de que cumple la nueva normativa para, de esta manera, estar seguros de que desarrolláis vuestra actividad dentro de la legalidad vigente.

¡Nos vemos el próximo mes, amigos hosteleros!



 

 

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