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Cómo afecta la reducción del IVA a la hostelería

Descubre cómo afecta la bajada del IVA a tu negocio de hostelería


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Artículo escrito por: Paco Cruz, The FoodManager.

25-01-2023

Espero que hayáis empezado todos con buen y rentable pie el año 2023. Las Navidades suelen ser un arma de doble filo en lo relativo a facturación y rentabilidad. El descontrol de pedidos, de horarios, de contratación de personal extra y de negociación de menús, muchos de ellos sin escandallar, hace que gran parte de la hostelería haya visto entrar mucho dinero en la caja, pero se enfrente a una cuesta de enero con una gran pendiente.

 

Llega ahora el pago a proveedores, las subidas de sus tarifas, el pago de los extras de personal y el desembolso de los impuestos trimestrales, que se realiza en unos días. Y precisamente de impuestos os vengo a hablar hoy. De hecho, de uno de los impuestos principales y que se liquida trimestralmente con la Agencia Tributaria: el IVA.

 

Cambios en el tipo de IVA

Como ya sabéis, el 1 de enero hubo un cambio en los tipos de IVA para determinados artículos de compra muy recurrente para nuestro sector. En este artículo os quiero explicar cómo afecta ese cambio del IVA a nuestro sector y haceros algunas recomendaciones para reducir la factura fiscal que os llegará a finales de mes.

 

¿Cuál ha sido el cambio del IVA?

En el artículo 72 del Real Decreto 20/2022 se dice que se rebaja el IVA del 10% al 5% a dos productos: los aceites de oliva y de semillas y las pastas alimenticias. Al mismo tiempo, se rebaja del 4% al 0% el IVA de varios productos, a saber: el pan común y las masas congelados, las harinas panificables, las leches de origen animal, los quesos, los huevos, las frutas, las verduras, las hortalizas, las legumbres, los tubérculos y los cereales.

Pan


¿Desde cuándo y hasta cuándo estará esta medida en vigor?


Esta medida entró en vigor el 1 de enero y estará vigente hasta el 30 de junio. No obstante, en el caso de que la tasa interanual de inflación subyacente de marzo sea inferior al 5,5%, esta medida quedará anulada a partir del 1 de mayo.

Calendario 3


¿En qué afecta la rebaja del IVA a la hostelería?


En nada y en mucho. Para empezar, debido a las peculiaridades del sistema impositivo español, lo dicho de ahora en adelante será aplicable a la inmensa mayoría de hosteleros españoles que realizan su actividad bajo la forma jurídica de SL o siendo autónomos bajo el régimen estimación directa.


La rebaja del IVA, en líneas generales, no afecta a la rentabilidad de los negocios de hostelería, pero sí a su liquidez. Es decir, estos negocios van a ser igual de rentables o no rentables que antes de la rebaja del IVA, pero la tesorería sí se verá afectada puesto que cuando haya que pagar las facturas de los pedidos de enero, y resto de meses, a los proveedores de fruta, verdura, pan, aceite, etc. el importe será algo menor debido al descenso del IVA.

 

Restaurante

 

¿Qué cosas deben tener en cuenta los hosteleros antes este cambio del IVA?

  • Hosteleros que vendan estos artículos con IVA rebajado en sus bares

    Es muy habitual, a lo largo de la geografía nacional, que haya bares que vendan, por ejemplo, pan, en sus localidades o en establecimientos de hostelería de estaciones de servicio o lugares por el estilo. También hay negocios hosteleros que hacen funciones de colmado o de despacho de frutas y verduras.

    En todos estos casos, la obligación del empresario es la de aplicar la rebaja del IVA a sus productos desde el 1 de enero. Con una matización importante, según el BOE, esa disminución del IVA debe notarla el consumidor. Es decir, que no vale dejar de pagar a Hacienda el IVA del pan vendido en tu establecimiento y no bajar el precio de venta al público ya que, en ese caso, el hostelero obtendría un 4% adicional de beneficio y ese no es el espíritu de la ley.
  • Aunque algunas operaciones estén al 0% de IVA hay que declararlas

    Es un aspecto importante de la ley. La ley no ha declarado exentas las operaciones, sino que ha rebajado el IVA. Así que, aunque el IVA sea del 0% en algunas compras y ventas, esa factura hay que declararla. Tanto si eres tú el que vendes el artículo al 0% de IVA, como decíamos en el punto anterior, como si eres tú quien compras ese artículo al proveedor de tu restaurante.
  • La correcta administración no sólo te hace ahorrarte el IVA

    El IVA no es lo único importante a la hora de contabilizar y presentar a Hacienda las facturas. Como os decía antes, aunque el IVA sea del 0% es obligatorio contabilizar la factura y, al mismo tiempo, es recomendable hacerlo puesto que el contabilizar esas facturas hará bajar el beneficio de la explotación del restaurante y pagarás menos Impuesto de Sociedades o IRPF, dependiendo de tu forma jurídica.
  • Actualiza tus herramientas que tengan que ver con la tesorería, no con la rentabilidad

    En la gestión de un restaurante hay herramientas que nos sirven para controlar la rentabilidad y otras que nos sirven para controlar la tesorería. Como la rebaja del IVA no afecta a la rentabilidad, dichas herramientas no hay que tocarlas. Me estoy refiriendo concretamente a los escandallos. Como espero que sepáis, los escandallos se calculan sin IVA, tanto en la compra como en la venta, por lo tanto, sólo los tenéis que actualizar en el supuesto de que algún proveedor haya cambiado sus tarifas aprovechando el año nuevo, pero no por el cambio del IVA.

    Sin embargo, si manejáis alguna herramienta para el control y el cotejo de albaranes, yo os recomiendo usar un diario de albaranes, sí que habrá que actualizarla. Es necesario hacerlo que el importe de la suma de los albaranes coincida con el importe de la factura de vuestro proveedor.
  • Un consejo de propina

    Queremos daros un consejo final, a modo de propina, que no es exclusivo de este momento temporal de rebaja del IVA. Si queréis pagar menos IVA, el mejor camino es tener un sistema de administración eficaz. Si no lo tenéis todavía, debería de ser uno de los principales propósitos para este año 2023.

    Si queréis poneros manos a la obra y salvar los muebles antes de presentar el IVA a finales de mes, os propongo que os bajéis todo el listado de pagos de 2022 de vuestro restaurante desde vuestro banco y que comprobéis en el libro mayor, que se lo tenéis que pedir a vuestra gestoría, que todos los gastos del año están contabilizados y que existe una factura asociada.

    Os aseguro que hay miles de euros que los hosteleros no recuperan por no hacer esta comprobación. Hacerla
    nos permite recuperar el IVA y el Impuesto de Sociedades o IRPF de cada factura, lo que supone casi el 40% del importe de cada una de ellas.

 

 

Confío en que estos consejos os sirvan.

¡Feliz y rentable quincena, amigos hosteleros!

 

 

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