COVID-19 Y LA HOSTELERÍA
Todo lo que debes saber
Una nueva orden emitida por la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid permite a los locales de ocio nocturno con licencias mixtas de hostelería ofrecer servicios de restauración y hostelería. Podrán hacerlo mientras dure la crisis sanitaria que les obliga a suspender su actividad habitual. Esta orden se ha publicado hoy mismo en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) y permite la reconversión de "discotecas, salas de baile y bares especiales con y sin actuaciones musicales". Asimismo, establece un horario máximo de entre las 08:00 horas y las 01:00 horas, aunque no pueden admitir clientes más allá de las 00:00 horas. En lo que respecta a los locales de ocio nocturno en zonas básicas de salud en las que se aplican las medidas regionales, se mantienen los mismos horarios que para el resto de establecimientos hosteleros: cierre a las 23:00 horas y no admisión de clientes a partir de las 22:00 horas.
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