¿Cómo garantizar la seguridad de tus pedidos para llevar?
Con la Fase 0 de la desescalada podremos entregar comida para llevar siguiendo estas pautas de higiene
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Artículo escrito por: Rentabilibar.
04-05-2020
España ha entrado en la Fase 0 de la desescalada, y para restauración y hostelería se ha publicado la orden Orden SND/388/2020 que expone las “condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios” entre los que se encuentran las medidas de higiene, prevención y aforo de los locales. Así podemos garantizar la seguridad del take away.
¿Qué locales podrán abrir?
Aquellos locales comerciales minoristas de menos de 400 metros cuadrados con acceso directo desde el exterior. Además, deberán cumplir:
- Sistema de cita previa para que haya dentro del local un único cliente por trabajador. Para el caso de take away en restauración, tendremos que dar cita.
- Los clientes deberán ser atendidos de forma individualizada y mediante separación física. Si solo disponemos de una ventana al exterior por donde realizar la entrega, podemos hacer una cola con separación de varios metros entre clientes, siempre que se garantice “una recogida escalonada que evita aglomeraciones en el acceso”.
- Las personas mayores de 65 años tendrán atención preferente en el horario dispuestos para sus paseos y actividad física (10.00 a 12.00 y de 19.00 a 20.00).
¿Qué medidas de higiene serán obligatorias?
Todos éramos conscientes de que la higiene iba a ser un factor clave, pero la Orden SND/388/2020 recoge las medidas de higiene mínimas. Se podrán tomar otras aún más restrictivas si así lo entendemos necesario. Así, será obligatorio limpiar y desinfectar dos veces al día, una de ellas al final del día. Pero podremos hacerlo tres: apertura, mañana y tarde, si lo deseamos.
Para desinfectar se podrán usar diluciones de lejía en agua (una parte de lejía por 50 de agua) o desinfectantes virucidas, y es imprescindible desechar los EPIs tras cada limpieza: batas, guantes, gorros, etc. Bien a la basura si son desechables o lavados de forma mecánica entre 60ºC y 90ºC si son de los que se pueden reutilizar.
Asimismo, será obligatorio limpiar los puestos de trabajo con cada cambio de turno, extendiéndose las normas de higiene al interior del local si en este trabaja más de un empleado, incluso si no se permite entrar a los clientes al interior. En todo caso, los aseos estarán vetados a los clientes por motivos obvios, salvo emergencias, y si han de ser usados serán limpiados al acabar.
Por último, es obligatorio garantizar una ventilación adecuada en el local para evitar que se concentren las gotículas; así como se obliga el uso de papeleras preferentemente sin contacto, como las que tienen tapa y pedal.
¿Puedo contratar a todos mis trabajadores?
Dentro de las medidas de prevención de riesgos laborales se incluye aislar a las personas relacionadas con la COVID-19. Así, aquellos trabajadores que estén en aislamiento domiciliario por tener confirmado el diagnóstico o alguno de los síntomas compatibles del coronavirus deberán quedarse en casa. La medida se extiende a los compañeros de hogar de estos últimos.
Será nuestra obligación como dueños o gestores del establecimiento el verificar que los trabajadores cuenten con EPIs, geles hidroalcohólicos, o agua y jabón. Dentro de los EPIs se incluirá la mascarilla obligatoria si no es posible guardar la distancia de seguridad entre trabajadores o con los clientes. También debemos garantizarles fichar sin contacto o las distancias de seguridad de más de un metro en vestuarios, taquillas, comedor, etc.
¿Qué ocurre si un trabajador empieza a tener síntomas? Será obligatorio contactar con el teléfono para el coronavirus de cada comunidad autónoma, y el trabajador deberá abandonar su puesto de trabajo hasta ser valorado por un profesional sanitario.
Medidas específicas para hostelería y restauración
Además de las compartidas con el resto de locales (arriba), que han de ser cumplidos por todos, la restauración y hostelería suman condiciones aún más estrictas. Estas son:
- Se podrá hacer entrega a domicilio y recogida en local, pero los clientes no podrán entrar en el local. El pedido se entregará por una ventanilla, si existe, y si no por la puerta del local.
- En los sistemas de entrega a domicilio también se podrá establecer un horario para mayores de 65 años o colectivos vulnerables, si así lo desean.
- El pedido deberá ser realizado de forma telemática, no en local: llamada de teléfono, app, WhatsApp, etc. El cliente acudirá al local únicamente para recoger el pedido, y en el horario en que se le ha citado.
- Deberá garantizarse la separación física entre empleados y clientes, así como entre clientes. Por ejemplo, mediante la instalación de un mostrador a ras de puerta y franjas en el suelo separadas dos metros.
- También será posible usar el take away en coche mediante ventanilla, si el local ya estaba habilitado para ello.
- Los establecimientos solo podrán permanecer abiertos al público durante el horario de recogida de pedidos.
Garantizar la seguridad en los pedidos para llevar
Además de las condiciones vistas anteriormente, será obligatorio por parte del titular de la actividad el garantizar una serie de factores para seguridad del cliente durante la recogida de pedidos.
- A la entrada del establecimiento deberá haber geles hidroalcohólicos para clientes.
- A la salida, papeleras con tapa de accionamiento.
- El cliente deberá ser informado sobre la hora exacta de recogida para minimizar el tiempo en la puerta del local.
- En caso de que nuestro local permita más de una fila de personas fuera, deberemos garantizar la distancia de dos metros entre clientes. Si no es posible, podremos abrir solo un punto de recogida y un cliente cada vez.

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