Apuntes fiscales sobre medidas tomadas por el Gobierno con motivo de la crisis del Covid-19
Consejos acerca de la fiscalidad ofrecidos por nuestro 'partner' Legálitas (abogada Lola Solas)
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Artículo escrito por: Rentabilibar.
16-03-2020
El Real Decreto-ley 7/2020 aprobado por el Gobierno tiene por objeto la adopción de nuevas medidas para responder al impacto económico del COVID-19. Entre otras, se adoptan medidas para prevenir un mayor impacto económico negativo sobre los sectores más vulnerables, las PYMES y autónomos.
Con esta finalidad, para evitar posibles problemas de tesorería, se propone una flexibilización en materia de aplazamientos, concediendo durante seis meses esta facilidad de pago de impuestos a PYMES y autónomos, previa solicitud. La Agencia Tributaria ha publicado en la página web instrucciones, de carácter provisional, para la solicitud de dichos aplazamientos. Como motivo de la solicitud se debe incluir la expresión “Aplazamiento RDL”.
Se propone una flexibilización en materia de aplazamientos, concediendo durante seis meses esta facilidad de pago de impuestos a PYMES y autónomos, previa solicitud.
Por otro lado, el RD 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, establece en la Disposición Adicional Tercera, la SUSPENSIÓN DE PLAZOS ADMINSTRATIVOS.
Si tenemos algún trámite pendiente (presentación de recursos, alegaciones u otros), el plazo queda suspendido.
Además, se está tramitando una norma legal tributaria con la ampliación de los plazos para realizar trámites. Según informa la Agencia Tributaria, los plazos en los procedimientos tributarios van a ser ampliados mediante un cambio normativo inminente.
Fuente: Legálitas / Lola Solas. Abogada del departamento Fiscal de Legálitas.

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